La pérdida de un ser querido (llamado Causante), nos lleva a la necesidad de realizar su liquidación de la masa sucesora, a favor quienes están llamados a recibirla…

EN COLOMBIA EXISTEN DOS FORMAS:


Es apropiada para cuando no hay conflictos en la liquidación sucesora.

Judicial

JUDICIAL

Es OPCIONAL  para cuando hay conflictos en la liquidación sucesora.